jueves, marzo 12, 2026
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Tipifica Congreso llamadas falsas al 9-1-1 como delito en Chihuahua

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El Congreso del Estado de Chihuahua aprobó una reforma para tipificar como delito las llamadas falsas o de broma al número de emergencias 9-1-1, iniciativa presentada por el titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Chihuahua, Gilberto Loya Chávez, ante la Comisión de Seguridad y Protección Civil.

La medida busca combatir el uso irresponsable de la línea de emergencias, ya que este tipo de reportes distrae recursos destinados a la atención de incidentes reales y representa un riesgo para la seguridad pública.

De acuerdo con datos presentados durante la discusión, durante 2025 el 9-1-1 en el estado de Chihuahua recibió 2 millones 454 mil 268 llamadas, de las cuales 65.30 por ciento fueron improcedentes.

La presidenta de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil del Congreso, Nancy Frías, explicó que cada llamada falsa ocupa líneas y recursos de emergencia, lo que puede retrasar la atención de situaciones legítimas.

Añadió que los operadores del sistema deben tratar cada reporte como real hasta comprobar lo contrario, lo que en ocasiones implica la movilización de ambulancias, patrullas, bomberos o cuerpos de rescate, dejando temporalmente otras zonas sin cobertura.

Con la reforma se adiciona el artículo 307 Bis al Código Penal del Estado de Chihuahua, el cual establece que quien realice de manera dolosa una llamada falsa o comunique un aviso inexistente que implique la movilización de servicios de seguridad, emergencia médica, protección civil o rescate podrá recibir una pena de seis a doce meses de prisión y una multa de 100 a 400 UMAs.

La legislación también contempla que las sanciones aumenten hasta en una mitad de la pena de prisión y hasta en una tercera parte de la multa cuando la llamada falsa provoque movilización efectiva de corporaciones o cause daños, lesiones o perjuicios.

Asimismo, el juez podrá considerar factores como la reincidencia, el número de reportes falsos y la magnitud de los recursos movilizados al momento de determinar la sanción.

La reforma precisa que cuando la llamada falsa sea producto de un error de apreciación sin intención maliciosa, se aplicarán las disposiciones del Código Penal relacionadas con las excluyentes de delito.